Cambios en la reforma fiscal de 2015

Tras la aprobación de la reforma fiscal y su publicación en el BOE el pasado 28 de noviembre de 2014, destacamos los modificaciones más importantes que se introducen en la reforma fiscal de 2015.

1.-Impuesto sobre la Renta de las personas físicas (IRPF).

1.1 Tipos de la tarifa general.

Reforma fiscal 2015

Reducción de 7 a 5 tramos, minorando los tipos progresivamente del 52% al 47% para el año 2015 y al 45% para el año 2016.

1.2 Reducción de gravamen del ahorro para cada uno de los tres tramos:

– De 0 hasta 6.000,00 euros. Pasa del 21% al 19% para el 2015, y al 19% para el 2016

– De 6.001,00 hasta 50.000,00 euros. Pasa del 25% al 22% para el 2015, y al 21% para el 2016.

– De 50.001,00 euros en adelante. Pasa del 27% al 24% para el 2015, y al 23% para el 2016.

1.3 Se elevan los mínimos por contribuyente, por ascendientes, por descendientes y por discapacitados.

1.4 Retenciones:

– Administradores y miembros del consejo de administración. Pasa del 42% al 37% para el 2015, y al 35% para el 2016.

– Retenciones de actividades profesionales. Pasa del 21% al 19% para el 2015 (propuesta del 18% para el 2016).

Se mantiene el 15% si el volumen de rendimientos íntegros anuales no supera los 12.000,00 €

– Rendimientos del capital mobiliario. Pasa del 21% al 19% para el 2015.

1.5 Exenciones de tributación:

– Indemnizaciones por despido. Se eximirán de tributación hasta 180.000,00 euros del total de la indemnización percibida. (No se considerará exenta la establecida en virtud de convenio, pacto o contrato).

– Dividendos. Se suprime la exención de tributación de los primeros 1.500 euros percibidos.

1.6 Rendimientos del trabajo:

– Se elimina la reducción por prolongación de vida laboral para mayores de 65 años.

– Se incluye un nuevo supuesto de gasto deducible en concepto de “otros gastos” por importe de 2.000,00 €.

1.7 Rendimientos del capital inmobiliario.

Se suprime la reducción del 100% para el alquiler de inmuebles a arrendatarios de edades comprendidas entre 18 y 30 años.

1.8 Rendimiento de capital mobiliario:

Se elimina la exención de 1.500,00 euros para dividendos y participaciones en beneficios.

1.9 Rendimiento de actividades económicas:

– Se elimina la reducción del 5% sobre el rendimiento neto en concepto de gastos de difícil justificación, sustituyéndose por una cuantía fija de 2.000,00€.

– Se modifica el régimen de estimación objetiva (módulos), así como las actividades a las que resulta aplicable.(entrada en vigor el 1 de enero de 2016).

o Actividades agrícolas, ganaderas y forestales. Límite: 250.000,00€

o Resto de actividades: límite 150.000,00€

– Se incorporan a la base imponible del ahorro las ganancias y pérdidas patrimoniales cualquiera que sea el plazo de permanencia en el patrimonio del contribuyente.

– Se declara la exención de la ganancia obtenida como consecuencia de la dación en pago de la vivienda habitual para la cancelación de deudas con garantía hipotecaria.

– El importe de la transmisión de derechos de suscripción se califica como ganancia patrimonial en el período impositivo en que se produzca la transmisión.

1.10 Deducciones:

Se añade una nueva deducción por familia numerosa o personas con discapacidad a su cargo (1.200,00 euros por cada ascendiente o descendiente).

2.- Impuesto sobre el valor añadido (IVA).

2.1 Productos sanitarios.

Los equipos médicos, aparatos, productos sanitarios y demás instrumental de uso médico y hospitalario pasa del 10% al 21%.

Agencia tributaria2.1 Plantas.

Pasan al 10% las plantas vivas de carácter ornamenta, junto con las semillas bulbos, esquejes y otros productos de origen exclusivamente vegetal susceptibles de ser utilizados en su obtención.

2.3 Modificaciones Régimen Simplificado (módulos).

Se reduce los umbrales relativos al volumen de ingresos.(entrada en vigor el 1 de enero de 2016).

o Actividades agrícolas, ganaderas y forestales. Límite: 250.000,00€

o Resto de actividades: límite 150.000,00€

2.4 Modificación de la base imponible en operaciones incobrables:

– Destinatario en situación de concurso de acreedores: el plazo para proceder a la reducción de la base imponible se amplía de 1 a 3 meses.

– Créditos incobrables por PYMES. Podrán optar por modificar la B.I. trascurrido el plazo de 6 meses, o el de 1 año exigido al resto de empresarios.

2.5 Nuevos supuestos de inversión del sujeto pasivo. Como medidas de prevención del fraude se añaden:

– Plata, platino y paladio.

– Teléfonos móviles.

– Consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales.

3.- Impuesto sobre sociedades (IS)

3.1 Tipo impositivo:

 – Reducción del tipo de gravamen general del 30% al 25%.

 -Para sociedades de nueva creación se mantiene el tipo del 15% tanto para el primer ejercicio en que obtenga base imponible positiva como el siguiente.

3.2 Operaciones vinculadas:

 – Se simplifica la obligación de documentar a aquellas entidades o grupos con INCN sea inferior a 45 millones de Euros.

 – Se modifica la limitación del perímetro de vinculación entre socio-sociedad del 5% al 25%.

3.3 Otros gastos deducibles:

 – Se establece un límite máximo para la deducción de gastos por atenciones a clientes o proveedores del 1% del INCN del propio período impositivo.

3.4 Deducciones fiscales:

 – Se crea una nueva deducción denominada “Reserva de Capitalización”, que permite reducir la base imponible en un 10% por incremento de fondos propios.

3.5. Concepto de Actividad económica. Se define expresamente:

-En el caso de arrendamiento de inmuebles, se indica que se entenderá que existe actividad económica, únicamente, cuando para su ordenación se utilice, al menos, una persona empleada con contrato laboral y jornada completa.

Fuente Agencia tributaria



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